Los usuarios moto son uno de los colectivos donde menos a disminuido la siniestralidad y mortalidad en la última década, en el año 2019 el 24% de las víctimas mortales en accidentes, fueron de ese colectivo.
La DGT, se ha marcado como objetivo, la reducción de accidentes y reforzar la seguridad de los usuarios moto. El pasado mes de mayo, entraron en vigor un paquete de reformas legales en materia de tráfico y circulación. También está previsto que a lo largo de este 2021, la DGT apruebe e introduzca medidas complementarias.
Os explicamos en qué consisten esas medidas y en que nos afectan, como usuarios moto.
Multas sobre el equipamiento
Se hará hincapié en los sistemas de seguridad pasiva, por ejemplo: no llevar casco o llevarlo mal abrochado o utilizar un casco no homologado, estas infracciones supondrán una sanción de 200€ y 4 puntos de carnet.
Otra de las novedades, es la obligatoriedad de utilizar guantes, cuando se circule por carretera.
Multas sobre los detectores de radar
Aunque en el mundo moto, no está muy extendida la utilización de estos sistemas, siempre está bien conocer la sanción que conlleva el uso de uno de esos sistemas (aunque estén desconectados), la DGT considera una sanción grave el llevar un sistema antirradar y se sanciona con 500€ y 3 puntos de carnet.
Multas por usar el móvil
Es interesante saber, que si el usuario sujeta el móvil con la mano en cualquier momento (aunque se encuentre en un atasco) puede ser sancionado con 500€ y 6 puntos de carnet.
Solo está permitido el uso del móvil con un sistema de manos libres o si se lleva el aparato sujeto a un soporte fijo.
Multas de velocidad
La nueva normativa sobre velocidad, la debemos tener muy en cuenta este año 2021, pues se ha eliminado la posibilidad de superar en 20 km/h la limitación de velocidad de la vía para poder adelantar.
En ciudad han entrado en vigor los límites de velocidad a 30 km/h en las calles de un carril y 20 km/h, si no hay separación o aceras.
Todo un rosario de limitaciones, que con seguridad a la DGT y Ayuntamientos, les va a suponer un incremento de recaudación, con motivo de las sanciones y los ciudadanos que paguen, veo que respetan nuestra libertad y nos tratan de cenutrios, en fin, hoy no toca hablar de este tema.
Como siempre 300 de cal y una de arena. La DGT nos permite circular por los arcenes, pero en situaciones concretas
- zonas debidamente señalizadas (o sea, ninguna)
- frecuentemente congestionadas
La velocidad máxima al realizar estas maniobras será de 40 km/h, al circular por el arcén, en tramos en los que estas condiciones se cumplan, si circulamos por el arcén fuera de esas zonas, la sanción será de 200€.
Creo que la DGT (Dirección General de Tráfico), debería cambiar el nombre, por el de DGTP (Damos Gracias a Todos los Paganos), porque recaudar, lo saben hacer muy bien, procurar por nuestra seguridad y hacer normas con sentido común, no tienen idea de nada, para que van a contar con los colectivos moto, esos no, que saben demasiado y son unos delincuentes, porque para ellos seguimos siendo unos delincuentes.
By MAYAM